Entendiendo el Acto Jurídico: Diferencias Clave entre ‘Ad Probationem’ y ‘Ad Solemnitatem

Entendiendo el Acto Jurídico: Diferencias Clave entre ‘Ad Probationem’ y ‘Ad Solemnitatem

Contexto Histórico y Generalidades de los Actos Jurídicos

Desde tiempos inmemoriales, los actos jurídicos han sido pilares fundamentales de las sociedades, estableciendo marcos legales que permiten a sus miembros interactuar bajo un conjunto de reglas y expectativas. En el Perú, estas estructuras son esenciales para el mantenimiento del orden social y económico. Como pilares de la normativa civil, los actos jurídicos acogen distintas formas y solemnidades que determinan su validez y eficacia.

La normativa peruana, particularmente el Código Civil, distingue entre actos jurídicos que requieren de forma para ser considerados válidos, conocidos como actos “ad solemnitatem”, y aquellos que, si bien no necesitan de una forma específica para su validez, sí la requieren para su prueba, denominados actos “ad probationem”. Este matiz no es meramente académico, sino que incide directamente en la vida cotidiana de las personas y las empresas en el Perú.

Los Actos “Ad Solemnitatem”

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Los actos “ad solemnitatem” son aquellos que para su existencia y validez necesitan observar una forma prescrita por ley. Es decir, la omisión de la forma legalmente establecida lleva aparejada la invalidez del acto. En el ámbito peruano, ejemplos emblemáticos de actos solemnes pueden ser:

  • El matrimonio, que debe cumplir con requisitos de forma como la celebración ante un funcionario competente.
  • La transferencia de bienes inmuebles, que requiere de escritura pública.
  • La constitución de sociedades, que también exige escritura pública y su inscripción en registros.
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No solo es crucial reconocer la solemnidad requerida en estos actos, sino también entender las implicancias de su inobservancia, lo que podría conllevar la nulidad de los mismos.

La Forma “Ad Probationem” en la Legislación Peruana

Por otra parte, nos encontramos con aquellos actos que, si bien son libres de forma para su constitución, adoptan una determinada solemnidad con miras a facilitar su demostración ante los tribunales, conocidos como actos “ad probationem”. A diferencia de su contraparte solemne, la ausencia de forma no los invalida, pero sí puede generar dificultades probatorias en caso de litigio.

En el contexto peruano, existe una gama de actos jurídicos que, habitualmente y en virtud de seguridad jurídica, se instrumentan mediante documentos privados o públicos. Dentro de esta categoría podemos mencionar:

  • Los contratos de compraventa de bienes muebles.
  • Los contratos de trabajo.
  • Los contratos de prestación de servicios.

Aunque la legislación no exige de forma estricta una solemnidad para estos actos, su relevancia radica en proporcionar mayor seguridad y certeza tanto a las partes como al sistema jurídico en su conjunto.

Importancia de la Forma y Solemnidad en el Ámbito Jurídico Peruano

La formalidad en los actos jurídicos no es un artificio legal sin propósito. En cambio, es un mecanismo que otorga seguridad jurídica, transparencia e incluso equidad entre las partes. Al seguir protocolos establecidos, los individuos y entidades pueden asegurarse de que sus actos serán reconocidos por el Estado y por terceros.

En Perú, los actos jurídicos son manifestaciones de voluntad que, para alcanzar efectos jurídicos deseados, deben ajustarse a un formalismo determinado en función de la naturaleza del acto. Este último asegura la seriedad y la libre expresión de las partes, además de servir como mecanismo de control y publicidad.

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A modo de reflexión, mientras que la forma y solemnidad jurídicas pueden ser vistas a veces como obstáculos burocráticos, su papel como defensores de los derechos y deberes de los ciudadanos es indudable. La comprensión de estos conceptos y su correcta aplicación garantiza el ejercicio claro de los derechos y la preservación del orden legal en toda transacción o acuerdo.