Guía Completa sobre Unión de Hecho: Concepto, Tipos, Requisitos, Inscripción Notarial y Reconocimiento Judicial

Guía Completa sobre Unión de Hecho: Concepto, Tipos, Requisitos, Inscripción Notarial y Reconocimiento Judicial

La Unión de Hecho en la Legislación Peruana

En Perú, la Unión de Hecho es una figura legal reconocida y regulada por el
artículo 326 del Código Civil, proporcionando un marco jurídico para las parejas que conviven sin
haber contraído matrimonio. La ley reconoce esta convivencia como una forma de familia y otorga
derechos y obligaciones similares a los del matrimonio en cuanto a bienes, herencia y alimentos.

Para que una pareja sea reconocida bajo este estatuto debe cumplir con ciertos requisitos,
como la convivencia mínima de dos años continuos, que la relación sea estable y monogámica,
y que ambos sean plenamente capaces al momento de iniciar la convivencia. En caso de que
deseen formalizar su relación, pueden optar por la inscripción notarial o acudir al
proceso de reconocimiento judicial.

Variaciones en la conformación de las uniones de hecho

  • Convivencia de parejas heterosexuales.
  • Convivencia de parejas del mismo sexo.
  • Opciones de registro frente a entidades públicas y privadas.

Aspectos Patrimoniales y la Convivencia

Uno de los puntos más importantes en las uniones no matrimoniales es la gestión de los bienes.
Se presume que existe una sociedad de gananciales, a menos que se pruebe lo contrario. Es
fundamental el correcto asesoramiento para evitar futuros conflictos, considerando aspectos como
adquisiciones previas a la convivencia o herencias y donaciones.

Para aquellos que buscan proteger su patrimonio o definir de manera diferente la administración
y distribución de bienes, es posible realizar un contrato de convivencia. Este acuerdo permite
establecer las reglas que regirán la relación en términos económicos y debe ser elevado a escritura
pública para su validez.

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Proceso para formalizar la convivencia

Registrar la unión de dos personas ante las autoridades competentes brinda seguridad jurídica.
En Perú, este proceso puede iniciarse de dos maneras: por vía notarial o judicial. La inscripción notarial
es un proceso más ágil, requiere de la manifestación de voluntad de ambos convivientes y la acreditación
de la convivencia mediante pruebas documentales y testimoniales.

Por otro lado, la acción de reconocimiento judicial ocurre cuando no ha habido un previo acuerdo
o cuando existe algún conflicto entre las partes. En este caso, se busca que un juez determine la
existencia de la unión de hecho y sus efectos correspondientes.

Diferencias entre el reconocimiento notarial y judicial

  • Notarial: Directo, rápido y de mutuo acuerdo.
  • Judicial: Procesal, con posible litigio y resuelto por un juez.

Disolución y Efectos de Terminar la Convivencia

Terminar una convivencia en el contexto de la unión de hecho en Perú sigue un proceso legal que puede
ser tanto o más complejo que un divorcio. Los temas a discutir van desde la división de bienes hasta la
custodia de los hijos, en caso de haberlos.

La disolución puede ser de mutuo acuerdo o unilateral, y la formalización de la misma puede requerir
de la intervención de un juez si hay desacuerdos. Es un momento donde se hace patente la importancia
de haber llevado a cabo una correcta formalización de la relación y de contar con asesoramiento legal
especializado.

Consecuencias de la no formalización

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Las parejas que no han formalizado su unión pueden enfrentarse a serias complicaciones legales frente a eventos
como la separación, enfermedad o muerte. Por ello, es esencial tomar los pasos necesarios para asegurar la
protección de los derechos de ambos convivientes.